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Retroceso visas EB-2 y EB-3 para mexicanos: cómo te afecta y qué hacer

El retroceso en las visas EB-2 y EB-3 afecta a solicitantes mexicanos. Descubre cómo verificar tu fecha de prioridad y proteger tu estatus.

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Lo que necesitas saber

Documento para verificar la Fecha de Prioridad
Formulario I-797 (Notice of Action) de la petición I-140 aprobada o el registro del trámite de Certificación Laboral ETA-9089.
Plataforma de consulta oficial
Boletín de Visas publicado mensualmente por la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de EE. UU.
Estatus requerido durante la espera
Mantener una visa de no inmigrante válida (H-1B, L-1, TN, etc.) o tener un Formulario I-485 pendiente con autorización de empleo vigente.
Acción ante viajes internacionales
Contar con un Formulario I-131 aprobado (Advance Parole) o visa de no inmigrante con doble intención antes de salir de EE. UU.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos ha implementado retrocesos significativos en las fechas de prioridad para las visas de residencia basadas en el empleo de las categorías EB-2 y EB-3, afectando directamente a miles de profesionales y trabajadores calificados de origen mexicano. Esta medida implica que el tiempo de espera para obtener la Green Card o tarjeta de residencia permanente se ha extendido, incluso para quienes ya iniciaron sus trámites migratorios.

Para los trabajadores mexicanos que dependen de un patrocinio de empleo para asegurar su permanencia legal en el país, entender qué es el retroceso de visas y qué acciones inmediatas deben tomar es fundamental para no quedar fuera de estatus.

¿Qué es el retroceso de visas y por qué ocurre?

El retroceso de visas (conocido en inglés como visa retrogression) ocurre cuando la demanda de solicitudes de Green Cards en una categoría específica supera la cantidad de visas disponibles autorizadas por el Congreso para ese año fiscal. Para regular este flujo, el Departamento de Estado establece fechas de corte mensuales en su Boletín de Visas.

Cuando ocurre un retroceso, la fecha de corte retrocede en el tiempo. Esto significa que solo las personas cuya Fecha de Prioridad (la fecha en que se inició formalmente su trámite de certificación laboral o petición de visa) sea anterior a la nueva fecha de corte publicada pueden finalizar su proceso de residencia.

Cómo saber si estás afectado por el retroceso

Para determinar el impacto de esta medida en tu proceso de residencia, debes seguir tres pasos esenciales utilizando documentos oficiales:

  • Localiza tu Fecha de Prioridad: Esta fecha se encuentra en el Formulario I-797 (Notice of Action) de aprobación de tu Formulario I-140 (Petición de Trabajador Extranjero), o en la fecha de presentación de la solicitud de Certificación Laboral (ETA-9089) ante el Departamento de Trabajo.
  • Consulta el Boletín de Visas vigente: El Departamento de Estado publica este boletín mensualmente. Debes dirigirte a la sección de visas de inmigrante basadas en el empleo y buscar la fila correspondiente a tu categoría (EB-2 o EB-3) y la columna de México.
  • Compara las fechas: Si tu Fecha de Prioridad es anterior a la fecha de corte del boletín, puedes proceder a solicitar o recibir tu residencia. Si tu fecha es posterior, tu caso entrará en una fase de espera y no podrá ser aprobado hasta que el boletín avance nuevamente.

¿Qué pasa si ya presentaste el Formulario I-485?

Si ya presentaste tu solicitud de Ajuste de Estatus (Formulario I-485) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) antes de que ocurriera el retroceso, tu solicitud no será rechazada, pero sí quedará retenida temporalmente (en estado de pausa). USCIS no podrá emitir la aprobación final de tu Green Card hasta que tu Fecha de Prioridad vuelva a estar vigente.

Mientras tu Formulario I-485 permanezca pendiente, puedes continuar renovando tus beneficios interinos, como el Permiso de Trabajo (EAD) y el documento de viaje (Advance Parole). Esto te permite mantener un estatus legal y continuar laborando en los Estados Unidos.

Estrategias para proteger tu estatus migratorio

El retroceso de visas exige que los solicitantes tomen medidas preventivas para no perder su autorización de empleo ni su presencia legal en el país:

1. Mantén activo tu estatus de no inmigrante: No dependas exclusivamente del Formulario I-485 pendiente. Si cuentas con una visa de trabajo activa, como la H-1B, L-1 o TN, es recomendable renovarla y mantenerla vigente el mayor tiempo posible. Esto te proporciona una red de seguridad si tu solicitud de residencia experimenta retrasos prolongados.

2. Utiliza los beneficios de la Ley AC21 para visas H-1B: Bajo la ley de Competitividad Americana en el Siglo XXI (AC21), los beneficiarios de peticiones I-140 aprobadas que no pueden solicitar la residencia debido al retroceso de visas tienen derecho a extender su estatus H-1B más allá del límite estándar de seis años, en incrementos de hasta tres años.

3. Evita viajar sin los permisos correspondientes: Si tu estatus de no inmigrante ha expirado y tu legalidad en el país depende únicamente del Formulario I-485 pendiente, bajo ninguna circunstancia debes salir de los Estados Unidos sin tener en tus manos un Permiso de Viaje (Advance Parole) vigente y aprobado. Salir del país sin este documento resultará en el abandono automático de tu solicitud de residencia.

Diferencia entre la Tabla A y la Tabla B del Boletín de Visas

Cada mes, el Boletín de Visas presenta dos tablas distintas para las categorías basadas en el empleo:

  • Tabla A (Final Action Dates): Indica las fechas en las que el gobierno tiene visas disponibles para emisión final. Si tu fecha de prioridad es anterior a la de esta tabla, tu Green Card puede ser aprobada de inmediato.
  • Tabla B (Dates for Filing): Indica la fecha límite en la que los solicitantes pueden enviar sus documentos al Centro Nacional de Visas (NVC) o presentar el Formulario I-485 ante USCIS, siempre y cuando USCIS determine que se puede utilizar esta tabla en el mes correspondiente.

Es indispensable revisar el portal oficial de USCIS cada mes para confirmar cuál de las dos tablas se debe utilizar para el envío de solicitudes de Ajuste de Estatus.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi Fecha de Prioridad deja de estar vigente después de haber enviado mi solicitud de Ajuste de Estatus?

USCIS no rechazará tu solicitud, pero la pondrá en pausa (hold). No podrán aprobar tu Green Card hasta que tu Fecha de Prioridad sea anterior a la fecha de corte del Boletín de Visas. Durante este tiempo, puedes seguir renovando tu Permiso de Trabajo y de viaje.

¿Puedo extender mi visa H-1B si hay retroceso en mi categoría de residencia?

Sí. Si tienes una petición I-140 aprobada y tu fecha de prioridad no está vigente debido al retroceso de visas, la ley AC21 te permite solicitar extensiones de tu visa H-1B en incrementos de tres años más allá del límite regular de seis años.

¿Cómo sé si debo usar la Tabla A o la Tabla B para enviar mi solicitud I-485?

Debes consultar mensualmente el sitio web de USCIS, en su sección específica de 'Adjustment of Status Filing Charts'. Allí indican de forma oficial cuál de las dos tablas del Boletín de Visas del Departamento de Estado se debe utilizar cada mes.

Nuestra promesa

No te dejamos con la duda

Cada nota está hecha para que sepas exactamente qué hacer, no solo qué pasó.

Requisitos claros

Montos, plazos y quién califica, en una tabla. Para que no des vueltas en vano.

Pasos a seguir

Qué hacer primero, qué formulario llenar y dónde presentarlo.

Fuentes oficiales

Siempre enlazamos la página del organismo. Si un dato no se puede verificar, no se publica.