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Visa H-1B: la tarifa de 100,000 dólares, a quién aplica y a quién no

La proclamación presidencial impone un pago de 100,000 dólares a nuevas peticiones H-1B. Quién está exento, desde cuándo aplica y dónde verificarlo.

Por

Lo que necesitas saber

Monto del pago
100,000 dólares vinculados a la petición
Quién lo paga
El empleador que presenta la petición, no el trabajador
Entrada en vigor
12:01 a. m., hora del Este, del 21 de septiembre de 2025
A quién aplica
Peticiones H-1B nuevas presentadas desde la entrada en vigor
A quién NO aplica
Titulares actuales de H-1B, renovaciones y extensiones de estatus
Frecuencia
Pago único, no anual
Excepciones
El Secretario de Seguridad Nacional puede eximir casos individuales por interés nacional
Dónde verificar
uscis.gov (sección H-1B) y travel.state.gov

El Gobierno de Estados Unidos estableció, mediante una proclamación presidencial firmada el 19 de septiembre de 2025, un pago de 100,000 dólares vinculado a las nuevas peticiones de visa H-1B, la categoría que usan las empresas estadounidenses para contratar profesionales extranjeros en ocupaciones especializadas (tecnología, ingeniería, finanzas, salud, entre otras).

La medida generó confusión inmediata entre trabajadores extranjeros y sus empleadores. Por eso conviene separar lo que la proclamación dice de lo que se ha repetido sin confirmar. Aquí va lo verificable, con los enlaces oficiales para que cada quien revise su caso.

Qué establece exactamente la medida

La proclamación, titulada Restriction on Entry of Certain Nonimmigrant Workers, restringe la entrada a Estados Unidos de ciertos trabajadores H-1B cuando la petición correspondiente no viene acompañada del pago de 100,000 dólares. Es decir: el mecanismo no es un impuesto general a todos los que ya tienen la visa, sino una condición aplicada a peticiones nuevas presentadas a partir de la fecha de entrada en vigor.

La Casa Blanca fijó como momento de entrada en vigor las 12:01 a. m., hora del Este, del 21 de septiembre de 2025. La proclamación fue presentada por el Ejecutivo como una respuesta a lo que describe como uso del programa para desplazar trabajadores estadounidenses con salarios más bajos.

Quién NO tiene que pagar

Este es el punto que más malentendidos ha generado. Tras la firma, la Casa Blanca publicó aclaraciones y la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) emitió orientación indicando que el pago:

  • No aplica a las personas que ya tienen una visa H-1B vigente.
  • No aplica a las renovaciones ni a las extensiones de estatus de quienes ya están en el programa.
  • No es un cobro anual: se trata de un pago único asociado a la petición nueva.
  • No impide que un titular actual de H-1B que esté fuera del país regrese a Estados Unidos.

La proclamación también contempla que el Secretario de Seguridad Nacional pueda establecer excepciones caso por caso cuando determine que la contratación de un trabajador en particular es de interés nacional y no representa una amenaza a la seguridad o al bienestar de Estados Unidos.

Quién asume el costo

La H-1B es una visa patrocinada por el empleador: es la empresa la que presenta la petición ante USCIS, no el trabajador. En consecuencia, el pago recae sobre el empleador que quiere contratar al profesional extranjero. Ningún candidato debe adelantar ese dinero por su cuenta ni pagarlo a un intermediario.

Este es el punto donde más riesgo de estafa existe. Si alguien te ofrece "gestionar" el pago de los 100,000 dólares a cambio de una comisión, o te pide dinero para "asegurar" un cupo H-1B, estás frente a un fraude. Los pagos a USCIS se hacen por los canales oficiales de la agencia y el solicitante es la empresa.

Efecto práctico para quien busca trabajo

La consecuencia previsible es que muchas empresas —sobre todo pequeñas y medianas— reevalúen si les conviene patrocinar perfiles extranjeros a ese costo. Las grandes tecnológicas y compañías con presupuesto de movilidad internacional tienen más margen para absorberlo.

Si estás construyendo una carrera hacia Estados Unidos, esto no cierra la puerta, pero sí cambia el cálculo. Vale la pena considerar:

  • Revisar si tu perfil califica para otras categorías de visa distintas a la H-1B, como las destinadas a personas con habilidades extraordinarias, a transferencias dentro de una misma empresa multinacional o a nacionales de países con acuerdos comerciales específicos con Estados Unidos. Cada una tiene requisitos propios que debes verificar con un abogado de inmigración.
  • Hablar con el área legal o de recursos humanos de la empresa que te está considerando antes de renunciar a un empleo actual o mudarte.
  • Documentar por escrito cualquier compromiso de patrocinio.

Litigios y cambios posibles

La proclamación ha sido objeto de cuestionamientos legales por parte de organizaciones empresariales y de defensa de inmigrantes, que argumentan que el Ejecutivo no tiene facultad para imponer por proclamación un cobro de esa magnitud. Esto significa que el estado de la medida puede cambiar por decisión judicial o por nueva orientación administrativa.

Antes de tomar cualquier decisión con tu empleo o tu mudanza, verifica el estado vigente en las páginas oficiales de USCIS y del Departamento de Estado. Las noticias envejecen; las páginas de las agencias se actualizan.

Dónde verificar tu caso

Las tres fuentes que debes consultar directamente son: el texto de la proclamación en el Registro Federal o en la página de la Casa Blanca, la sección del programa H-1B en el sitio de USCIS y la página de visas de trabajo temporal del Departamento de Estado, que explica el proceso consular. Si tu caso es complejo, busca un abogado acreditado o una organización sin fines de lucro reconocida por el Departamento de Justicia; muchas ofrecen consultas de bajo costo o gratuitas.

Desconfía de cualquier persona que se presente como "notario" y ofrezca asesoría legal migratoria: en Estados Unidos, un notary public no está autorizado a dar asesoría de inmigración.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar 100,000 dólares si ya tengo visa H-1B?

No. Según las aclaraciones oficiales posteriores a la proclamación, el pago no aplica a quienes ya son titulares de una H-1B vigente, ni a renovaciones o extensiones de estatus. Aplica a peticiones nuevas presentadas desde la entrada en vigor.

¿El trabajador debe pagar ese monto?

No. La H-1B es una visa patrocinada por el empleador: la empresa presenta la petición ante USCIS. Si alguien te pide ese dinero a ti o te ofrece 'gestionarlo' por una comisión, se trata de un fraude.

¿Es un pago anual?

No. Se trata de un pago único asociado a la petición, no de una cuota que se repita cada año.

¿Puede cambiar la medida?

Sí. La proclamación ha sido cuestionada judicialmente y la orientación administrativa puede actualizarse. Verifica siempre el estado vigente en uscis.gov antes de tomar decisiones sobre tu empleo o tu mudanza.

¿Existen otras vías de visa de trabajo?

Sí, hay otras categorías de visa temporal de trabajo con requisitos distintos. Consulta la página de visas de trabajo del Departamento de Estado en travel.state.gov y, si tu caso es complejo, un abogado de inmigración acreditado.

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Cada nota está hecha para que sepas exactamente qué hacer, no solo qué pasó.

Requisitos claros

Montos, plazos y quién califica, en una tabla. Para que no des vueltas en vano.

Pasos a seguir

Qué hacer primero, qué formulario llenar y dónde presentarlo.

Fuentes oficiales

Siempre enlazamos la página del organismo. Si un dato no se puede verificar, no se publica.